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SANTO DOMINGO, RD/ DIARIO DE SALUD.- El Colegio Médico Dominicano depositó una propuesta de modificación al proyecto del nuevo Código Penal con el objetivo de fortalecer la protección del ejercicio médico y ofrecer mayor seguridad jurídica a los profesionales de la salud.

La iniciativa fue presentada por el presidente del gremio, Luis Peña Núñez, quien ha sostenido que algunas disposiciones de la Ley núm. 74-25 pueden afectar la práctica médica si entran en vigor sin ajustes.

Según el CMD, la propuesta busca que el acto médico sea reconocido en la legislación dominicana con criterios propios, tomando en cuenta la naturaleza de la atención sanitaria.

El gremio plantea modificaciones a los artículos 354, 104, 8, 9 y 12, de acuerdo con el comunicado difundido por la entidad.

En declaraciones previas, Peña Núñez había señalado que el CMD objeta especialmente los artículos 8, 9, 12 y 354, por entender que pueden generar inseguridad jurídica para médicos, centros de salud y otros actores del sistema.

Los artículos 8 y 9 se refieren a la responsabilidad penal de las personas jurídicas y a la responsabilidad compartida entre una entidad y las personas físicas involucradas.

El artículo 12 regula la comisión por omisión, es decir, los casos en que una persona puede ser penalmente responsable por no actuar cuando tenía el deber y la posibilidad de evitar un resultado.

El artículo 354 sanciona la expedición de certificados médicos falsos sobre enfermedad, lesión o causa de muerte.

El artículo 104, mencionado en el comunicado del CMD, sanciona el suministro o aplicación de sustancias que provoquen alteraciones como confusión, delirio, alucinaciones, desorientación o amnesia.

La preocupación del gremio es que algunos de estos artículos puedan aplicarse al ejercicio médico sin suficiente diferenciación entre una complicación propia de un procedimiento, un resultado adverso inevitable, un error clínico, una negligencia disciplinaria o una conducta que realmente constituya delito.

Peña Núñez ha defendido que “la medicina es de medios, no de resultados”.

Con esa frase, el gremio intenta subrayar que un médico puede cumplir protocolos, actuar con diligencia y aun así enfrentar una evolución desfavorable del paciente.

El CMD sostiene que penalizar automáticamente un mal resultado podría llevar a una práctica defensiva, en la que los médicos limiten procedimientos, retrasen decisiones o eviten casos complejos por temor a consecuencias penales.

El gremio afirma que su reclamo no busca dejar sin sanción la mala práctica ni proteger conductas fraudulentas.

Su posición es que la ley debe distinguir claramente entre la responsabilidad penal, la responsabilidad civil, la responsabilidad administrativa y los procesos disciplinarios profesionales.

El debate ha ganado relevancia porque el nuevo Código Penal introduce normas sobre responsabilidad de empresas, omisiones punibles, falsedades y delitos vinculados a la vida y la integridad personal.

En el caso del sector salud, esas figuras pueden involucrar hospitales, clínicas, médicos, personal de enfermería, laboratorios, centros diagnósticos y otros prestadores.

Una de las discusiones centrales es cómo probar que una muerte, lesión o complicación fue consecuencia directa de una conducta penalmente reprochable.

En propuestas legislativas recientes, se ha planteado que un resultado adverso, lesión, enfermedad, incapacidad, complicación o muerte ocurrida durante un acto de salud no configure por sí solo responsabilidad penal culposa.

Ese enfoque busca exigir elementos adicionales, como peritajes técnicos, violación grave de protocolos, relación directa entre la conducta y el daño, y que el resultado fuera previsible y evitable.

También se ha propuesto incorporar la noción de lex artis, entendida como el conjunto de reglas científicas, técnicas, éticas y profesionales aceptadas para la prestación de servicios de salud.

Para los médicos, ese concepto es importante porque permite evaluar la conducta profesional según los conocimientos y estándares disponibles en el momento de la atención.

Para los pacientes, sin embargo, cualquier reforma debe preservar el derecho a reclamar cuando exista negligencia, imprudencia, falsedad documental o violación de protocolos.

El desafío legislativo consiste en equilibrar ambas necesidades.

Por un lado, evitar que los profesionales de salud sean criminalizados por resultados que no podían controlar.

Por otro, garantizar que las personas afectadas por una actuación negligente o fraudulenta tengan vías efectivas para exigir responsabilidad.

El CMD espera que sus propuestas sean acogidas durante el proceso de revisión y aprobación del nuevo Código Penal.

El gremio afirma que la reforma beneficiaría tanto a los médicos como a la población, porque permitiría una práctica clínica más segura, menos defensiva y más enfocada en el paciente.

Hasta ahora, no se ha publicado de forma amplia el texto completo de la propuesta depositada por el CMD.

Por esa razón, la evaluación final dependerá de conocer la redacción específica sugerida para cada artículo y la posición que adopten las comisiones legislativas.

El Congreso deberá decidir si incorpora una regulación expresa del acto médico dentro del Código Penal o si mantiene las disposiciones generales con ajustes puntuales.

La discusión continuará en un momento sensible para el sistema de salud dominicano, marcado por reclamos de acceso, calidad, costos, responsabilidad profesional y confianza entre médicos, pacientes e instituciones.

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