Protesta medica en Diario de Salud

LA VEGA, RD/ DIARIO DE SALUD.- Los gritos de “libertad” rompieron este martes la rutina frente al Palacio de Justicia de La Vega.

Decenas de médicos, dirigentes gremiales y allegados se congregaron en el lugar para respaldar a William Almánzar y Franklin José Almánzar Escarramán, detenidos por una investigación relacionada con las complicaciones sufridas por una paciente después de una intervención para extraerle varias piezas dentales.

Con pancartas y consignas como “Médico sí, delincuente no”, los manifestantes rechazaron la actuación del Ministerio Público y exigieron que los imputados enfrentaran el proceso en libertad.

La protesta se desarrolló mientras el tribunal se preparaba para conocer la solicitud de medida de coerción presentada por la Fiscalía, que había pedido prisión preventiva.

El caso enfrenta dos posiciones claramente diferenciadas.

Por un lado, el Colegio Médico Dominicano sostiene que las autoridades trataron a los acusados como delincuentes antes de que se estableciera su responsabilidad y que un posible caso de mala práctica debía investigarse inicialmente por la vía civil.

Por otro, el Ministerio Público afirma que no se trata únicamente de una complicación médica: acusa a Franklin José Almánzar de ejercer la odontología sin exequátur y señala a William Almánzar como presunto cómplice por permitir que el procedimiento se realizara en su consultorio.

“Estamos para curar, no para matar”

La secretaria general nacional del Colegio Médico Dominicano, Miosotte Lazala, afirmó durante la manifestación que el expediente representa un intento de criminalizar el ejercicio de la medicina.

“Exigimos respeto al ejercicio de la medicina. Estamos para servir y para curar, no para matar”, declaró frente al tribunal.

Lazala sostuvo que una reclamación derivada de una supuesta mala práctica debía ser analizada originalmente en la jurisdicción civil, con evaluaciones técnicas y peritajes que permitieran establecer si existió negligencia.

El gremio considera que la detención penal de profesionales de la salud antes de agotar esas evaluaciones crea un precedente peligroso.

Su posición parte de que una complicación posterior a un procedimiento no demuestra automáticamente que el profesional haya actuado con negligencia o intención de causar daño.

Sin embargo, esa defensa gremial no resuelve uno de los aspectos centrales del expediente: la acusación de ejercicio ilegal de la odontología contra uno de los hermanos.

La acusación que va más allá de una posible mala práctica

La Fiscalía de La Vega sostiene que Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado el procedimiento sin poseer exequátur ni autorización legal para ejercer la odontología en República Dominicana.

Según el Ministerio Público, la intervención se realizó en el consultorio de su hermano William Radhamés Almánzar Escarramán, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la calle Duarte de La Vega.

William Almánzar, identificado como profesional de la cirugía bucomaxilofacial y propietario del consultorio, es investigado por presunta complicidad.

La acusación oficial, por tanto, diferencia la participación atribuida a cada imputado: Franklin habría ejecutado actos reservados a un profesional autorizado, mientras William supuestamente habría facilitado o permitido esas actuaciones dentro de su establecimiento.

Estas afirmaciones forman parte del expediente del Ministerio Público y todavía deben ser probadas ante un tribunal.

Los imputados conservan la presunción de inocencia y tienen derecho a presentar pruebas, cuestionar los informes médicos y controvertir la versión de la Fiscalía.

La paciente acudió para extraerse cuatro molares

De acuerdo con la investigación, la paciente acudió al consultorio el 17 de enero de 2026 para someterse a la extracción de cuatro terceros molares, conocidos popularmente como muelas del juicio.

La Fiscalía afirma que el procedimiento se prolongó durante varias horas y que las piezas no pudieron ser retiradas completamente.

Después de la intervención, la mujer habría presentado dolor intenso, hinchazón y otras complicaciones que motivaron nuevas evaluaciones médicas.

Las certificaciones incorporadas al expediente describen edema facial, lesiones en los tejidos, parestesia mandibular y daño nervioso.

El Ministerio Público sostiene que algunas de esas consecuencias podrían ser permanentes y que la actuación investigada puso en riesgo la salud de la paciente.

La defensa podrá solicitar peritajes independientes para determinar el alcance de las lesiones, su causa y si eran complicaciones previsibles del procedimiento o el resultado de una actuación apartada de los estándares profesionales.

Waldo Ariel Suero denuncia un “atropello”

El expresidente del Colegio Médico Dominicano Waldo Ariel Suero calificó la detención como un atropello contra los derechos constitucionales de los imputados.

Suero cuestionó que fueran arrestados sin haber sido citados previamente para ofrecer explicaciones o ser interrogados.

“Aquí no hay una persona fallecida ni con una discapacidad. Lo correcto era investigar y citar a los médicos, no apresarlos. Se está criminalizando el ejercicio de la medicina”, manifestó durante la concentración.

El dirigente sostuvo que una reclamación originalmente civil fue transformada en una querella penal con el propósito de justificar los arrestos.

También pidió la intervención del presidente Luis Abinader, la procuradora general Yeni Berenice Reynoso y el ministro de Salud Pública, Víctor Atallah.

Sus declaraciones reflejan la preocupación de una parte del sector médico ante la posibilidad de que resultados adversos sean tratados como delitos antes de que expertos independientes determinen si hubo negligencia.

¿Toda mala práctica pertenece a la jurisdicción civil?

La afirmación del Colegio Médico de que estos casos deben tramitarse exclusivamente por la vía civil requiere matices.

Una complicación médica, por sí sola, no constituye un delito.

Los procedimientos quirúrgicos y odontológicos pueden producir efectos adversos incluso cuando son realizados correctamente.

Para establecer mala práctica suele ser necesario demostrar que el profesional incumplió el estándar de cuidado esperado y que ese incumplimiento causó directamente el daño.

Pero un caso puede adquirir dimensión penal cuando las autoridades entienden que hubo actuaciones particularmente graves, ejercicio ilegal de una profesión, falsificación de documentos, abandono deliberado o una conducta que puso en peligro la vida de otra persona.

En este expediente, la solicitud de prisión preventiva no se apoya únicamente en las lesiones denunciadas. También se fundamenta en la acusación de que Franklin Almánzar practicaba odontología sin la autorización exigida legalmente.

Corresponderá al tribunal determinar si existen pruebas suficientes para sostener esa imputación.

El exequátur, la pieza central del caso

El exequátur es la autorización oficial que permite a una persona ejercer legalmente una profesión regulada después de cumplir los requisitos académicos y administrativos correspondientes.

En el área de la salud, esta autorización tiene una importancia especial porque acredita que el profesional está habilitado para realizar procedimientos que pueden afectar directamente la integridad y la vida de los pacientes.

El Ministerio Público afirma que una certificación del Ministerio de Salud Pública confirmó que Franklin Almánzar no contaba con esa autorización.

La defensa deberá responder a esta acusación y precisar cuál era su formación, qué funciones desempeñaba dentro del consultorio y qué participación tuvo realmente durante la intervención.

El Colegio Médico lo ha descrito como asistente clínico.

Pero ser asistente no autoriza a realizar de manera independiente actos reservados a odontólogos o cirujanos acreditados.

La pregunta decisiva será si se limitó a labores auxiliares o si, como sostiene la Fiscalía, anestesió e intervino directamente a la paciente.

Los límites del trabajo de un asistente

Los consultorios médicos y odontológicos suelen contar con asistentes que preparan instrumentos, organizan materiales, apoyan al profesional y acompañan al paciente.

Estas funciones son legítimas y necesarias.

Sin embargo, el personal auxiliar no puede asumir procedimientos para los cuales la ley exige una titulación y una licencia profesional específica.

El caso deberá establecer si Franklin Almánzar actuó bajo supervisión, qué tareas realizó y si esas tareas excedían legalmente su papel.

También deberá determinarse qué sabía William Almánzar y si estuvo presente durante todo el procedimiento.

La responsabilidad del propietario de una clínica no se presume automáticamente por el simple hecho de que un incidente ocurra en su establecimiento.

El Ministerio Público tendría que demostrar que facilitó, autorizó o conocía las actuaciones que considera ilegales.

Una protesta que coincidió con un paro nacional

La concentración frente al Palacio de Justicia formó parte de una movilización más amplia organizada por el Colegio Médico Dominicano.

El gremio convocó un paro nacional de 24 horas para exigir la liberación de William Almánzar y rechazar lo que calificó como violaciones a sus derechos fundamentales.

Durante la jornada fueron suspendidas consultas y servicios electivos, mientras continuaron abiertas las emergencias, las unidades de cuidados intensivos y la asistencia a pacientes hospitalizados.

La protesta puso sobre la mesa otro debate: la afectación que una paralización de servicios médicos puede causar a pacientes que no tienen relación con el proceso judicial.

El CMD sostiene que la medida busca defender la seguridad jurídica de todos los profesionales.

Sus críticos podrían argumentar que un conflicto judicial individual no debería traducirse en retrasos para miles de usuarios del sistema sanitario.

El derecho de los médicos y el derecho de la paciente

El caso no debería reducirse a una elección entre respaldar a los médicos o creer a la paciente.

Los imputados tienen derecho al debido proceso, a conocer las acusaciones, a contar con defensa y a no ser considerados culpables antes de una sentencia.

La paciente, al mismo tiempo, tiene derecho a que sus lesiones sean investigadas, a recibir atención médica y a buscar reparación si se demuestra que fue víctima de una actuación ilegal o negligente.

Ambos principios pueden coexistir.

Defender la presunción de inocencia no implica desestimar las lesiones denunciadas.

Exigir una investigación no significa asumir anticipadamente la culpabilidad de los acusados.

El tribunal deberá evitar tanto la criminalización automática de una complicación médica como la minimización de un posible ejercicio profesional sin autorización.

Lo que debe aclarar la investigación

El proceso deberá responder preguntas esenciales:

Quién realizó cada fase del procedimiento

Quién aplicó la anestesia

Qué participación tuvo William Almánzar

Qué formación y autorización poseía Franklin Almánzar

Cuánto duró la intervención

Por qué no pudieron extraerse completamente las piezas

Qué instrucciones recibió la paciente después del procedimiento

Cuándo comenzaron las complicaciones

Cuál fue la causa exacta del daño nervioso

Si las lesiones eran evitables

Si se cumplieron los protocolos odontológicos

Si existió consentimiento informado

Si se utilizaron documentos o credenciales de forma irregular

Las respuestas requerirán expedientes clínicos, testimonios, certificaciones oficiales y evaluaciones periciales.

La prisión preventiva no es una condena

El Ministerio Público había solicitado prisión preventiva como medida de coerción.

Esa petición no equivale a una sentencia.

Las medidas de coerción se aplican mientras se desarrolla una investigación y tienen como finalidad garantizar la comparecencia de los imputados, evitar la destrucción de pruebas o reducir el riesgo de fuga.

El tribunal puede ordenar prisión, presentación periódica, impedimento de salida, garantía económica u otras medidas menos restrictivas.

Para decidir, debe valorar la gravedad de la imputación, el arraigo de las personas investigadas y los riesgos procesales.

La protesta del CMD se concentró precisamente en rechazar que la prisión fuera necesaria antes de que se esclarecieran los hechos.

Dos versiones enfrentadas

La Fiscalía presenta el caso como una combinación de ejercicio ilegal de la odontología, lesiones graves y posible complicidad.

El Colegio Médico lo interpreta como una persecución desproporcionada contra profesionales de la salud y una transformación indebida de una reclamación civil en un proceso penal.

Ninguna de estas versiones constituye por sí sola la verdad judicial.

La investigación tendrá que determinar si Franklin Almánzar ejerció una profesión sin autorización y si William Almánzar colaboró conscientemente.

También deberá aclarar si las lesiones sufridas por la paciente fueron resultado de una complicación, de negligencia o de una intervención practicada por alguien sin la preparación legal correspondiente.

Una advertencia para el sistema sanitario

Más allá de los dos imputados, el caso expone problemas que afectan al sistema de salud dominicano.

Uno es la supervisión del personal que trabaja en consultorios privados.

Otro es la necesidad de verificar las credenciales de quienes realizan procedimientos.

También plantea la importancia de contar con mecanismos especializados y rápidos para investigar denuncias de mala práctica sin vulnerar los derechos de pacientes ni profesionales.

Cuando estos conflictos se convierten inmediatamente en confrontaciones públicas, aumenta el riesgo de que la discusión se polarice antes de conocerse las pruebas.

El resultado puede ser una pérdida de confianza tanto en la justicia como en los servicios de salud.

“Médico sí, delincuente no”

La consigna pronunciada frente al Palacio de Justicia resume la posición de los manifestantes.

Los médicos reclamaron que su trabajo no sea equiparado automáticamente con una actividad criminal cuando ocurre un resultado adverso.

Pero el expediente obliga a añadir una pregunta: ¿qué ocurre cuando la acusación incluye el supuesto ejercicio de la profesión por una persona que no estaba legalmente autorizada?

Esa distinción será crucial.

El caso no se resolverá únicamente determinando si una extracción dental salió mal.

También habrá que establecer quién la realizó, con qué credenciales y bajo qué supervisión.

Mientras tanto, los imputados conservan la presunción de inocencia y la paciente mantiene su derecho a que los daños denunciados sean investigados hasta sus últimas consecuencias.

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